SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL 2025
12 febrero 2025
Les informamos de que a partir del 31 de julio de 2025 entra en vigor la reforma legal que modifica y amplía el permiso por nacimiento y cuidado de menor, con importantes repercusiones tanto para las personas trabajadoras como para las empresas.
Esta ampliación implica un refuerzo del derecho a la conciliación y un avance en corresponsabilidad parental, con especial impacto en la planificación laboral y organizativa de las empresas.
NORMATIVA PREVIA A LA REFORMA
Hasta la entrada en vigor de la reforma, el permiso por nacimiento y cuidado de menor se regula de la siguiente manera:
Cada progenitor disponía de 16 semanas intransferibles.
De estas, las 6 primeras semanas debían disfrutarse de forma obligatoria y a jornada completa inmediatamente después del nacimiento.
Las 10 semanas restantes podían disfrutarse de forma flexible (a jornada completa o parcial, de forma continuada o interrumpida), hasta que el menor cumpliera los 12 meses.
En caso de familias monoparentales, solo se reconocía un permiso de 16 semanas para el único progenitor, sin posibilidad de acumular el permiso del segundo.
CAMBIOS EN LA NUEVA REGULACIÓN (A PARTIR DEL 31 DE JULIO DE 2025)
La reforma introduce las siguientes modificaciones principales:
-El permiso se amplía a 19 semanas por progenitor, manteniendo el carácter intransferible y retribuido.
-En familias monoparentales, el permiso se duplica a 32 semanas, sumando el derecho del segundo progenitor.
-Se mantiene la obligatoriedad de las 6 semanas iniciales ininterrumpidas y a jornada completa tras el nacimiento o adopción.
-De las semanas restantes: 11 semanas para disfrutar durante los primeros 12 meses. Además, se añaden 2 semanas más (4 en monoparentales), que pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
Estas últimas semanas podrán solicitarse de forma retroactiva para hijos nacidos desde el 2 de agosto de 2024, con derecho a ejercerlas a partir del 1 de enero de 2026.
La Seguridad Social amplía la cobertura de la prestación correspondiente, que será del 100% de la base reguladora.
La Aplicación práctica del nuevo permiso será:
- Las primeras 6 semanas siguen siendo obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa.
- Las 11 semanas adicionales (antes eran 10) pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 12 meses.
- En familias monoparentales, las 32 semanas se disfrutarán por el único progenitor, con las mismas reglas de distribución.
Esta modificación afectará tanto a trabajadores por cuenta ajena como a funcionarios públicos, salvo regímenes especiales que se adapten posteriormente.
Recomendamos a las empresas anticipar los posibles efectos de esta medida, entre los que destacan el aumento de los periodos de ausencia laboral por nacimiento, con necesidad de adaptar sustituciones y planificación de personal.
Desde el Departamento Laboral, quedamos a su disposición para aclararle las dudas que tenga sobre la nueva normativa y su aplicación.
Para cualquier consulta, no duden en contactarnos.
ANEXO
Comparativa del Permiso por Nacimiento y Cuidado de Menor
Concepto |
Situación actual (hasta la reforma) |
Nueva regulación (a partir del 31/07/2025) |
Duración total del permiso por progenitor
|
16 semanas |
19 semanas |
Primeras semanas obligatorias
|
6 semanas, ininterrumpidas y a jornada completa |
6 semanas, ininterrumpidas y a jornada completa |
Semanas restantes (flexibles) |
10 semanas hasta que el menor cumpla 12 meses |
11 semanas hasta que el menor cumpla 12 meses |
Semanas adicionales flexibles |
No aplicable |
2 semanas (4 en monoparentales), hasta que el menor cumpla 8 años |
Permiso en familias monoparentales |
16 semanas (no acumulables) |
32 semanas (acumulando el derecho del segundo progenitor) |
Retribución y cobertura |
100% base reguladora |
100% base reguladora |
Retroactividad |
No |
Sí, para hijos nacidos desde 2 de agosto de 2024, con derecho a solicitar a partir del 1 de enero de 2026 |
Para mayor información póngase en contacto con https://aliaeconomistas.es/
31 julio 2025