IVA PRODUCTOS BASICOS DESDE ENERO 2025

Persona trabajando en el campo. Alía Consultores.

27/12/2024

IVA PRODUCTOS BASICOS DESDE ENERO 2025

A partir del próximo 1 de enero 2025, los alimentos con un IVA del 2% como el aceite de oliva, el pan, los huevos, las frutas o verduras recuperarán el tipo habitual del 4% y los que tienen un IVA del 7,5%, como las pastas y los aceites de semillas, volverán al 10% original.

El gobierno ha decidido, siguiendo lo que ya había anunciado en octubre 2024 sobre la eliminación paulatina de las rebajas del IVA consecuencia de sus medidas por la crisis inflaccionaria de precios en la cesta de la compra, que en el próximo 1 de enero de 2025 los alimentos recuperen su IVA habitual. Esto ha sido valorado en consecuencia con la moderación de precios.

Ya el pasado 1 de octubre de 2024, los alimentos básicos que tuvieron el IVA al 0% pasaron al 2%. Estos son las leches, el pan, los huevos, el queso, las frutas, las verduras, las legumbres, los tubérculos, los cereales, las harinas y los aceites de oliva.

Por su parte, el IVA de las pastas alimenticias y los aceites de semillas pasó del 5% al 7,5%. 

Ahora, desde el 1 de enero de 2025, los alimentos con un IVA del 2% recuperarán el tipo habitual del 4% -el tipo superreducido- y los que tienen un IVA del 7,5% volverán al 10% original -el tipo reducido que se le aplica a la alimentación-.

Respecto al aceite de oliva, si se produce un cambio definitivo al ser incluido como alimento con IVA superreducido; es decir, cuando los tipos vuelvan a la normalidad, el IVA del aceite de oliva será del 4% (el superreducido) en lugar del 10% que venía soportando en el pasado.

Se aplicará el tipo del 4% a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los siguientes productos:

  • El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  • Las harinas panificables.
  • Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada, en polvo y fermentada.
  • Los quesos.
  • Los huevos.
  • Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
  • Los aceites de oliva.

 

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27/12/2024

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